jueves, 7 de agosto de 2014

TRONCALIDAD

Ya se publicó ayer el Real Decreto de Troncalidad, y ya veremos como nos afectará a los tutores de Medicina familiar y Comunitaria esta normativa. Está previsto que en el plazo de dos años desde la constitución de las comisiones delegadas de tronco se aprobarán y publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» los programas formativos oficiales de las especialidades adscritas al sistema formativo troncal en los que se determinarán las competencias a adquirir por los residentes en el periodo troncal y  en el específico, así como los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las unidades docentes de tronco y de especialidad.
En el tronco número 1: Tronco Médico (TCM)
Duración: se ajustará a lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre.
Especialidades que lo integran:
• Alergología.
• Anestesiología y Reanimación.
• Aparato Digestivo.
• Cardiología.
• Endocrinología y Nutrición.
• Farmacología Clínica.
• Geriatría.
• Hematología y Hemoterapia.
• Medicina del Trabajo.
Medicina Familiar y Comunitaria.
• Medicina Física y Rehabilitación.
• Medicina Intensiva.
• Medicina Interna.
• Medicina Preventiva y Salud Pública.
• Nefrología.
• Neumología.
• Neurofisiología Clínica.
• Neurología.
• Oncología Médica.
• Oncología Radioterápica.
• Reumatología.
El tiempo nos dirá  si los tutores de MFyC participaremos en la formación de la parte troncal de los residentes de todas estas especialidades o solo en la de médicos de familia. 
Creo que las Unidades Docentes tendrán que realizar un gran esfuerzo para cumplir con el sistema de acreditación y facilitar la formación de los tutores para adaptarnos a este nuevo enfoque que lleva tantos años en gestación.